Juana Manso 1600 |BTE2295

Principal

Precio: U$S 1.000
Operacion: Alquiler
Tipo: Departamento
Barrio: Puerto Madero
Antigüedad: 24 años
Baños: 1
Ambientes: 2
Dormitorios: 1
Estado: Excelente
Orientación: Este
Disposición: Contrafrente
Sup. Propia: 50,00 m2
Sup. Cubierta: 46,00 m2
Sup. Semi Cubierta: 4,00 m2
Movilidad Reducida: Sí

ALQUILER AMOBLADO EN PUERTO MADERO! Presentamos un muy lindo 2 ambientes amoblado y equipado en el Dique 2 de Puerto Madero, la mejor zona residencial del barrio. Se trata de un departamento de 2 ambientes súer luminoso, tranquilo, funcional y prolijo. Con una distribución clásica, gran cocina separada, cómodo living comedor, dormitorio lleno de luz, con placard, un lindísimo balcón y baño completo. Todo hacia un enorme jardín parquizado con solarium y piletas de uso exclusivo. Los servicios son centrales, con calefacción por losa radiante. Frío por split. El edificio cuenta con amenities completos: Gimnasio, SUM, Spa, laundry, dos grandes piscinas con solarium. Además, seguridad 24hs y una gran vida social. El acceso es directo, ya que el edificio se encuentra en la rotonda de Rosario Vera Peñaloza y Juana Manso. Rodeado de locales comerciales y en el barrio más seguro de Buenos Aires. Alquiler por uno o dos años. Más expensas. Podemos coordinar visitas, contactanos! Matrícula 1886. Somos Tizado!

Caracteristica

  • Balcón
  • Amoblado
  • Vigilancia

Detalle

  • Agua caliente: Central por caldera
  • Aire Acondicionado: SI
  • Amenitie: 2 piscinas (una climatizada de verano)
  • Amenitie: Solarium. SUM
  • Amenitie: Gimnasio. Spa
  • Ascensor: 2
  • Balcón: 3,15x1,40
  • Baños: 1
  • Calefacción: Central por losa
  • Cantidad Pisos: 9
  • Cocina: 5,70x2,00
  • Comedor Diario: SI
  • Deptos. por Piso: 6
  • Dormitorio: 3,40x2,90
  • Entrada: Con vigilancia
  • Expensas: 550000
  • Jardín: EN EL EDIFICIO
  • Lavadero: incorporado
  • Living: 4,80x3,50
  • Pileta: 2
  • Placards: COMPLETOS
  • Tipo Pisos: Flotante

Mapa

Ver ubicación
Ver ubicación

Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.